FIN DEL PERGAMINO

La dificultad del estilo y el lenguaje de este antiguo pergamino aumenta hacia el final, por lo que sólo hemos entresacado algunos fragmentos con datos que nos parecen interesantes o curiosos:

Y asimismo mando que al Comendador, que al presente es, o adelante fuere, de la Encomienda de la villa de Alcuéscar, se le acuda con los derechos que les pertenece por ser Comendador de ella, y se le guarden las preeminencias y prerrogativas que por esta razón les tocaba antes que se eximiera la dicha villa...

Y mando a los Infantes, Prelados, Duques, Marqueses, Condes, Ricos-hombres, Priores, Comendadores, Alcaydes de los castillos y a los del mi Consejo, Presidentes é Oydores de las mis Audiencias y Chancillerias, Alcaldes, Alguaciles de la mi Casa y Corte y a todos los Corregidores é Jueces de residencia, asistentes é Gobernadores (que) puedan cambiar la carta de privilegio de la villa de Alcuéscar... Dada por el Gobernador de Mérida...

Para mayor validez y firmeza de mi carta pongo perpetuo silencio para agora y para siempre jamas entre la villa de Alcuéscar y la villa de Montánchez, quedando sujeta a la justicia primera instancia del gobernador de Mérida. De la cual mandé dar a ésta mi carta de privilegio escrita en pergamino y firmada de mi mano, y sellada con mi sello de plomo, pendiente en filos de seda, y librada del Presidente y el Consejo de Hacienda, y refrendada por mi Secretario, dada en Valladolid a once de noviembre de mil seiscientos dos..

Yo Cristóbal de Ipeñarrieta, Secretario del Rey nuestro Señor..... y registrado por el Canciller: Salcedo, Doctor don Alonso Asprez, Luis Gaytán de Ayala, Francisco de Salamanca, Fernando de Iberra, doy privilegio de su jurisdicción y primera instancia a la villa de Alcuéscar, por la cual sirvió con siete cuentos y dos mil maravedíes, que tiene pagados por que mi voluntad es que el traslado del mencionado despacho, como a su original , mando se le dé y haga dar, siendo éste y aquel una misma cosa, y para un propio efecto

Dado en Palacio a 5 de diciembre de 1819, (El texto está seguido de seis firmas)